“Nuevamente tribunales militares invaden la competencia del Ministerio Público y el Poder judicial al pretender procesar penalmente a la abogada Eva Luna quien fue víctima de torturas,tratos crueles e inhumanos y abuso de poder por parte de funcionaria de la ya conocida GNB por ser el cuerpo más represivo y violador de los derechos humanos en Venezuela” afirma Rafael Narváez
“El Ministerio Público esta obligado por ley a plantear el conflicto de competencia y hacer que la justicia militar se desprenda del expediente y regrese a la jurisdicción ordinaria. El Art 49 CRBV establece que toda persona tiene el derecho a ser juzgada por sus Jueces naturales” manifestó el ex parlamentario abogado penalista y defensor DDHH Rafael Narváez.
Narváez denuncia que “Ya es uso y costumbre la violación de esa garantía judicial por parte de los tribunales militares; entre el 2014 y 2017 centenares de manifestantes fueron detenidos, recluidos en establecimientos militares y procesados bajo el código orgánico de justicia militar sin que la Fiscalía General de la República y El poder judicial asumieran la defensa de nuestra jurisdicción ordinaria y el Juez Natural . El Código Orgánico de Justicia Militar no puede estar por encima de nuestra Constitución y lo más grave es que no está adaptado al principio de progresividad en materia de los derechos humanos y a los pactos y convenios internacionales de DDHH suscritos y ratificados por el estado vzlano”.
“Ya es hora que los poderes públicos y en especial el TSJ coloque en cintura a la justicia militar por tantos abusos en contra de los civiles y hacerle hacer del conocimiento a cuerpos de seguridad del y a la GNB que los decretos de estados de excepción y de alarma no le autorizan violar garantías contitucionales y los derechos humanos. La represión sin límites y la “tortura” ejecutada por una funcionaria de la GNB en contra de la abogada Eva Luna Leal en la ciudad de Barquisimeto del Estado lara es sumamente grave , el estatuto de Roma suscrito por el estado vzlano en el año 2000 catáloga este delito como un “Crimen de lesa humanidad ” en su Art 7, el sistema universal de los derechos humanos no acepta privilegios ni solidaridad automática al responsable que cometió el delito, nuestra CRBV en su Art 46 y en la ley especial contra la Tortura establece que toda persona tiene el derecho a la integridad física en consecuencia: Ninguna persona puede estar sometida a penas, torturas o tratos crueles e inhumanos o degradantes”. Para finalizar el ex parlamentario exigió tanto al Ministerio Público como al Poder Judicial, procesar penalmente a la responsable de este delito sin temor alguno por el bien de la justicia y el restablecimiento de los derechos humanos en nuestro país.
Vía nota de prensa
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