La administración de Nicolás Maduro ha jugado sus fichas para retrasar los procesos dentro de la Corte Penal Internacional (CPI), mientras que el fiscal Karim Khan busca avanzar el próximo año en la investigación sobre presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en territorio venezolano al menos desde 2017.
Por Luisa Quintero / talcualdigital.com
El caso no solo le compete al abogado británico. Los tres jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares I, que llevan la investigación Venezuela I, deberán responder en 2023 al pedido del Fiscal para continuar sus averiguaciones, por ahora detenidas debido a una solicitud del gobierno de Maduro en base al artículo 18, numeral 2, del Estatuto de Roma.
Dicho Estatuto rige el funcionamiento de la Corte, todas sus instancias y clarifica los límites bajo los cuáles trabaja, es decir, los máximos crímenes sobre los que se debe investigar y sentenciar. Su artículo 18, numeral 2, refiere las decisiones a las que puede acudir un Estado para poder inhibir la actuación del Fiscal en una investigación a menos que la Sala de Cuestiones Preliminares decida lo contrario.
Calixto Ávila, investigador experto en derecho internacional público y representante del área internacional de Provea, explica que la solicitud se basó en la solicitud de la administración Maduro al fiscal Khan para que remitiera las investigaciones y que, desde el país, se continúen con las averiguaciones penales.
El fiscal asomó su negativa a esa petición en abril y ratificó su decisión el pasado 1º de noviembre, cuando formalizó su petición a la Sala para que le autorice a continuar investigando si, en efecto, en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad y determinar los responsables directos de estos graves hechos.
Este incidente ya está avanzando, dice el representante de Provea. “Ya se han tomado decisiones como el hecho de que se haya convocado, por parte de los jueces, a las víctimas para que envíen informaciones a la secretaría de la CPI, que deberá elaborar un informe con esas informaciones que son confidenciales y que deberá presentar ese informe, más las informaciones confidenciales, para el 21 de marzo del próximo año”.
En ese sentido se esperan avances en los términos del expediente en la medida que esté incidente deberá ser resuelto por los jueces de la CPI, continúa Ávila. “Los avances mayores serán la participación de las víctimas que, para ser claros, están abriendo las puertas de la CPI. Este es un primer paso, pero es importante que las víctimas participen enviando información”.
Dicha información debe ser enviada antes del 7 de marzo de 2023.
En el sitio web de la CPI están publicados los formularios y guías para el llenado de la información. Los formularios pueden ser completados por las víctimas u organizaciones que remitan casos de manera colectiva.
“Este formulario es simplemente indicativo, no es obligatorio y pueden enviarse las informaciones de otras formas como resúmenes, videos que se sugieren no sean más de 10 minutos y tengan subtítulos en inglés. Esta participación es importante porque es la forma de abrir la puerta de la Corte”, insiste el investigador.
Retrasar el proceso en la CPI
Si de algo se ha valido el Gobierno venezolano, a través de un bufete extranjero, es de las posibilidades que brinda el Estatuto de Roma para dar un proceso justo a los involucrados en los procesos penales. Las tácticas dilatorias a través de escritos de recusación iniciaron con la exfiscal Fatou Bensouda, quien llevó adelante el examen preliminar hasta casi dar una decisión, cuestión que le fue arrebatada por Venezuela hasta el término de su mandato.
El Estado venezolano ha mostrado desde el inicio su intención de dilatar al máximo el proceso en la Corte Penal Internacional, asegura el investigador Calixto Ávila. Tanto que ya se expresó la decisión de solicitar responder al resumen que elabore la secretaría de la CPI, basado en las informaciones transmitidas por las víctimas.
“Aunque no hay precedentes, en los dos antecedentes que son Filipinas y Afganistán, de que el Estado pueda responder a ese informe, de todas maneras el Estado venezolano lo hará y los jueces deberán tomar esa solicitud y responder porque es su deber”, dice el abogado.
Además, considera que estas acciones para retardar el proceso penal, tal como ya se aplica dentro del sistema judicial venezolano, “lo que pretenden es atentar contra la evidencia. La jurisprudencia de la Corte Penal Internacional ha dicho que el retardo procesal genera una lesión a las evidencias y los testigos en la medida que el paso de tiempo debilita ese tipo de información y puede llevar a la destrucción de evidencias forenses en muchos casos”.
Otra cuestión pendiente dentro de la CPI es el examen preliminar Venezuela II, una denuncia hecha por la administración Maduro por presuntos crímenes de lesa humanidad contra el pueblo venezolano cometido por Estados Unidos a través de las sanciones.
El representante de Provea afirma que Karim Khan tiene una lógica distinta a su antecesora, la gambiana Fatou Bensouda. “El Fiscal tiene la intención de tener un mínimo número de exámenes preliminares abiertos. Este examen preliminar Venezuela II es un examen que debe ser resuelto por la Fiscalía y es muy probable que el próximo año se tome una decisión de qué hacer”.
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