El directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó este jueves la vulneración del derecho al voto directo de los pueblos indígenas, estableciendo que su participación en las elecciones regionales y municipales conjuntas, previstas para el 21 de noviembre, será mediante una votación de segundo grado.
Mediante nota de prensa, el CNE informó que las autoridades electorales aprobaron el cronograma por el que se regirá esta elección, en el que se establece que las asambleas comunitarias donde se escogerán las voceras y voceros de representación indígena, de acuerdo a las tradiciones, usos y costumbres de nuestros pueblos originarios, se realizarán el 26 de noviembre.
El Reglamento dispone que el sistema de elección correspondiente a la representación de los pueblos indígenas será bajo la modalidad nominal, por el sistema de mayoría relativa de votos.
Además, se fijan como circunscripciones electorales indígenas a los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Sucre y Zulia.
La norma, sancionada y publicada este miércoles, dispone que en cada estado fijado como circunscripción indígena, cuya población originaria sea igual o superior a quinientas personas se elegirá una legisladora o un legislador al Consejo Legislativo, con su respectivo suplente.
Mientras que en cada Municipio, determinado como circunscripción indígena, con población superior o igual a trescientos indígenas se elegirá una concejala o un concejal al Concejo Municipal y su respectivo suplente.
El método de votación de las voceras y los voceros para la elección se efectuará de forma manual, mediante boletas y demás instrumentos electorales que emitirá el Consejo Nacional Electoral.
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