El abogado y miembro de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels, reiteró este viernes que en el país “sigue vigente” la prohibición de desalojos en sitios usados como viviendas, y explicó que para poder realizar un desalojo, el inquilino “debe ser reubicado”. Además, recomendó a propietarios buscar ayuda con Organizaciones No Gubernamentales.
Las declaraciones de Daniels vienen aclarando que la no renovación del decreto de prohibición de desalojo a la propiedad privada que se publicó por la pandemia, “no devuelve la potestad a los propietarios de exigir el desalojo a un inquilino”.
“Tras este anuncio pareciera que se puede desalojar a las personas y no es el caso, porque sigue vigente una decisión de Sala Constitucional del 17 de agosto de 2015 que prohíbe los desalojos, para los bienes inmuebles que son usados como vivienda, solamente se permitiría el desalojo en caso de locales comerciales”, afirmó Daniels.
Además agregó que “para poder realizar un desalojo, el inquilino debe ser reubicado en una vivienda. Esto implica para el propietario que, debe demandar ante un tribunal que la persona no ha pagado y luego hacer un procedimiento ante el Sunavi, para que le busque una vivienda a ese inquilino”.
Propietarios deben buscar ayuda con alguna ONG y no con un ente del Estado
Para evitar inconvenientes en torno a esto, Alí Daniels recomendó “buscar asesoría con alguna ONG y no seguir buscando ayuda en un ente del Estado”.
“Lo mejor es buscar un mecanismo de reconciliación, hay varias ONG que se dedican a este tipo de mediaciones. (…) Ir a tribunales o ir al Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales es perder el tiempo porque les van a decir que tienen una sentencia de la Sala Constitucional del 2015 que prohíbe cualquier tipo de desalojo”, concluyó.
Si quieres recibir en tu celular esta y otras informaciones descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/albertorodnews y dale click a +Unirme.