Este lunes, el expresidente Álvaro Uribe Vélez rindió interrogatorio ante la Fiscalía General en el marco de la investigación que se le adelanta por su presunta participación en los delitos de fraude procesal en actuación penal y soborno a testigos.
El exmandatario llegó a la diligencia judicial en compañía de su abogado, Jaime Granados Peña. Durante cuatro horas respondió las preguntas del fiscal tercero ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Fernando Cárdenas Pérez, quien asumió la investigación luego que la jueza 28 de conocimiento de Bogotá rechazara la solicitud de preclusión del proceso.
El pasado 2 de mayo, el fiscal general, Francisco Barbosa, aceptó la dimisión de Gabriel Jaimes Durán para seguir la investigación y designó al fiscal tercero para que reanudara la recolección de elementos materiales probatorios. En el artículo 294 del Código de Procedimiento Penal, “(…) el fiscal deberá solicitar la preclusión o formular la acusación ante el juez de Conocimiento. De no hacerlo, perderá competencia para seguir actuando de lo cual informará inmediatamente a su respectivo superior. En este evento el superior designará un nuevo fiscal”.
El fiscal Cárdenas Pérez deberá determinar si llama a juicio al exmandatario o, por el contrario, pide nuevamente la preclusión del proceso ante un juez de conocimiento. Para tomar una decisión, el nuevo delegado del ente investigador -un curtido abogado especializado en derecho penal y derecho administrativo- citó a 26 personas a entrevistas para recolectar evidencia y llenar los vacíos que puso de presente la jueza 28 en su determinación.
Cárdenas Pérez se desempeñó, durante 17 años, desde 1993 hasta 2010 como juez promiscuo municipal, juez Civil del Circuito y municipal, juez Penal del Circuito y municipal, y juez de Familia. Fue después de esto que empezó a trabajar en la Fiscalía, donde se ha desempeñado como fiscal especializado de carrera de la Unidad antisecuestro y de Organizaciones criminales. Desde 2020 es fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia.
La semana pasada, la Corte Suprema de Justicia rechazó por improcedente la acción de tutela que habían presentado el senador Iván Cepeda Castro y el exfiscal General, Eduardo Montealegre Lynett -dos de las víctimas reconocidas dentro del proceso penal- con la que buscaban que la Fiscalía General llamara a juicio al exmandatario. El alto tribunal consideró que no se podía avalar dicha petición, puesto que desconocería los principios de independencia de la Rama Judicial.
Debido a esto se consideró que “no resulta válido que los impugnantes acudan a la acción de amparo para desarrollar el debate que corresponde a la causa ordinaria, pues esta no constituye una instancia adicional o paralela a la de los funcionarios competentes, menos en el caso concreto, donde se verificó que los recursos instaurados han sido atendidos oportunamente y resueltos, en su mayoría, de manera favorable a sus intereses”.
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