La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución No. 04/20 sobre “Derechos Humanos de las personas con covid-19”, debido al riesgo que corren en muchos países al no ver asegurados sus derechos, en particular a la vida y la salud, mediante una adecuada disposición de instalaciones, bienes y servicios sanitarios o médicos.
Desde el inicio de la emergencia sanitaria global, destacó la CIDH, «los esfuerzos en las Américas para detener el virus y su enfermedad se han visto afectados por el contexto propio del continente anterior a la pandemia, que incluye la discriminación, la pobreza, la desigualdad, la debilidad estructural de los sistemas públicos de salud y, muchas veces, la falta de estabilidad política e institucional».
La resolución abarca a aquellas personas presumiblemente contagiadas por el virus, a las personas que están en fase pre-sintomática, sintomática (leves, moderados, severos o críticos), así como las asintomáticas, a quienes se someten a pruebas de investigación médica y a las víctimas mortales por la pandemia, así como a sus familias y cuidadores.
Además, para garantizar la protección de las personas con covid-19 se dictaron una serie de lineamientos relacionados al «consentimiento en materia de salud, igualdad y no discriminación, la privacidad y uso de datos, acceso a la información, protección de otros derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, y acceso a la justicia».
La resolución también recomienda que se priorice el derecho a la vida de las personas con coronavirus en las políticas públicas, disposición de recursos y cooperación, al igual que la protección de los derechos de los trabajadores de la salud y del cuidado, «así como sobre el duelo y los derechos de los familiares de las víctimas fallecidas por covid-19».
La CIDH especifica que el concepto de familia «debe ser comprendido en su más amplio espectro, para garantizar el reconocimiento de los vínculos afectivos y raciales diversos, respetando la orientación sexual y la identidad de género de las personas».
Dentro de la resolución se señaló que los Estados deben dar cumplimiento a sus obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos de las personas con covid-19, «incluyendo la integración de un enfoque interseccional y multidisciplinario que reconozca y afirme la dignidad humana, la eliminación de todas las formas de discriminación, así como la indivisibilidad y la interdependencia de tales derechos en sus normas, políticas y toma de decisiones, como al interior de todos los poderes públicos de los Estados».
Con información de Nota de Prensa
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