Tras varios días de incógnitas, sin saber los madrileños qué les iba a deparar a partir del sábado cuando decae el estado de alarma, se ha conocido el nuevo escenario que se establecerá mañana: la Comunidad de Madrid vuelve a las zonas básicas de salud (ZBS) y se autoimpondrá un «toque de queda» a la actividad social y económica durante la noche en toda la región, esto es entre las 00 y las 6 horas. A estas horas, estarán prohibidas las reuniones sociales de más de 6 personas, una medida que se remitirá al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para que la ratifique, porque afecta a derechos fundamentales.
Por ABC
El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, ha anunciado las nuevas medidas, que implican una restricción de la actividad económica, lo que incluye la oferta cultural como museos, cines y teatros, de ocio (que deberán estar cerrados a las doce de la noche) y la hostelería y la restauración. Para controlar que se cumple con los horarios, se van a incrementar las inspecciones en los locales desde este sábado y la vigilancia policial. Respecto a la movilidad nocturna, el Ejecutivo madrileño recomienda, pero no puede obligar por el marco jurídico (tendría que pedir el estado de alarma, pues entraría de lleno en colisión con derechos fundamentales, extremo que no contempla), no salir de casa a partir de la medianoche.
En cuanto a las zonas básicas de salud, se señalan las que ahora estarán afectadas por limitaciones: son 32 zonas, de las que 31 son nuevas y 1 (Colmenar Viejo) se mantienen. En ellas viven 671.259 madrileños, un 10% de la población de la región, y se concentra el 15,5% del total de los casos de los últimos 14 días, un total de 4.223 casos.
Corresponden a 12 municipios. Dentro de la capital, afectan a 9 distritos: una zona en Chamartín, una en Chamberí, tres en Villaverde, seis en Puente de Vallecas, una en Ciudad Lineal, cuatro en Moratalaz, una en Latina, una en Fuencarral-El Pardo, y dos de Tetúan.
En cuanto a otros municipios afectados, son en concreto la zona básica de Collado Villalba pueblo, el municipio de Guadarrama, el municipio de Majadahonda, una zona básica de Pozuelo de Alarcón, dos zonas básicas en Parla, una en Colmenar Viejo, el municipio de Morata de Tajuña, dos zonas básicas de Torrejón de Ardoz, el municipio de El Boalo, el municipio de Villarejo de Salvanés y el municipio de Colmenar de Oreja.
Confinamiento en Madrid: las zonas afectadas
En detalle, el confinamiento en Madrid capital, las zonas afectadas desde las cero horas del lunes con restricciones de movilidad son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).
En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).
En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.
En todas ellas, se extremará la vigilancia para el cumplimiento de las cuarentenas y del resto de limitaciones previstas. Que son las siguientes: se restringe la entrada o salida de ciudadanos salvo por las causas ya justificadas, además de imponer las limitaciones de aforos y horarios en recintos comerciales y de restauración al igual que se habían hecho anteriormente en las otras zonas básicas de salud donde se establecieron medidas especiales por su alta incidencia. Lo mismo ocurre en los velatorios, en los espacios deportivos, o en los parques infantiles. Las limitaciones en estas zonas entrarán en vigor el próximo lunes.
El criterio que se va a aplicar es el de establecer restricciones en las zonas básicas con una incidencia de más de 500 casos por cada 100.000 habitantes, aunque se analizará también la tendencia en los mismos -si es ascendente o descendente- y si se trata de un entorno urbano o rural.
Durante la negociación entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid antes de imponer unilateralmente el estado de alarma en la capital y otros ocho grandes municipios, Ayuso ofreció bajar el criterio, que estaba en 1.000 casos por cada 100.000 habitantes, hasta los 750, algo que Illa rechazó. La última posición del ministro de Sanidad fue la de imponer estas áreas de salud con un criterio de 250 de incidencia acumulada, pero también fue declinada por el Gobierno regional.
Resto de limitaciones
Además de la limitación de las reuniones en lugares públicos o privados desde la medianoche a las 6 de la mañana a los convivientes en un domicilio, en toda la región la hostelería, restauración, cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, residencias universitarias, colegios mayores, instalaciones deportivas, parques, jardines, y establecimientos de juegos y apuestas deberán cerrar como máximo a las 00:00 horas y no podrán abrir antes de las 06:00 horas. En el caso de la hostelería y restauración no podrán admitir clientes a partir de las 23.00 horas.
En lo relativo al comercio, todos los establecimientos comerciales, minoristas y de prestación de servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y «establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables». Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.
En cuanto a los aforos, por norma general, la Orden establece la reducción de aforos al 50 por ciento en toda la región, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior. Además, se suspende el servicio en barra en los establecimientos hosteleros.
Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center, tal y como estaba hasta ahora), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, al 60%.
Más allá de la franja de cero a 6 horas, se sigue aplicando en toda la Comunidad de Madrid el límite de 6 personas máximo en la participación en agrupaciones para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en espacios públicos como privados, salvo que se trate de convivientes.
¿Qué restricciones hay en las zonas confinadas?
Las zonas de salud básicas han sido de nuevo el criterio utilizado por la Comunidad para establecer las limitaciones en un afán de contener al virus. Se entiende por área de salud «aquella circunscripción administrativa que agrupa un conjunto de centros y de profesionales de atención primaria bajo su dependencia organizativa y funcional». Es decir, por normal general es aquella zona que corresponde a un centro de salud.
En estos espacios se impone la restricción de entrada y salida de personas salvo causa justificada, ya sea laboral, educacional, sanitaria u otros supuestos de urgencia. En estas zonas quedarán, como hasta ahora, limitadas las reuniones sociales a un máximo de seis personas, pero sí se podrá circular dentro del perímetro establecido.
En la hostelería se elimina el consumo en barra y se limita el aforo a un 50%. De igual modo, solo podrá haber seis comensales en cada mesa. Además, los locales tendrán que cerrar a las 22.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. En los establecimientos comerciales el aforo se reducirá a un 50% y su cierre, al igual que el de los bares, será a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, centros médicos, veterinarios, de combustible y otros considerados esenciales.
Respecto a los lugares de culto, el aforo se reduce a un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de quince personas en espacios al aire libre y diez en el caso de ser lugares cerrados. Podrán utilizarse las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en interior, siempre que no se supere el 50% del aforo en el interior y 60% en el exterior y en grupos de máximo seis personas.
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