La Corte Suprema de Justicia ratificó la condena contra la excongresista Aida Merlano por corrupción electoral, pero le bajó la pena que inicialmente estaba en 15 años de prisión, y ahora la estableció en 11 años y cuatro meses.
Por EL TIEMPO
La Sala Penal de la Corte ratificó en segunda instancia la sentencia que se dictó en contra de Merlano por los delitos de corrupción al sufragante, concierto para delinquir o tenencia ilegal de armas de fuego de defensa personal. Merlano, quien se fugó de las autoridades en octubre del año pasado, se encuentra detenida en Venezuela, donde fue capturada a finales de enero por entrar a ese país con documentos falsos.
Al tomar esta decisión de segunda instancia, la Sala de Casación Penal remitió la sentencia a la Mesa Directiva del Senado de la República para que establezca la silla vacía de la curul que tenía Merlano.
(Lea también: Merlano dice que su mamá está dispuesta a declarar desde Venezuela).
Esa curul había sido ocupada por la senadora Soledad Tamayo, quien había sido posesionada en una polémica decisión por el entonces presidente del Senado, Ernesto Macías.
Al considerar que Merlano no podía ser reemplazada porque se le debió haber aplicado la Silla Vacía, la Corte compulsó copias contra la Mesa Directiva del Senado de esa época para que la Procuraduría General investigue «la posible omisión de hacer efectiva esta figura cuando fue capturada la electa senadora».
Al ratificar la condena, dice la Corte, el fallo desvirtuó los ataques de la defensa de Merlano contra las pruebas y los fundamentos jurídicos con los que la Sala Especial de Primera Instancia la condenó en septiembre del año pasado.
Así, para la Corte no queda duda de que Merlano «torció la voluntad del sufragante y consiguió una elección ilegítima en 2018». Entre otras pruebas, el alto tribunal tuvo en cuenta un video que registra el enfado de Merlano hacia el patrocinador de su campaña y su promotor, el cuestionado empresario Julio Gerlein Echevarría, «por no entregarle la suma ofrecida para sobornar al elector».
La Corte dijo que la organización política de Merlano «mutó en una organización ilegal» y que el grupo político «encubrió una asociación ilegal conformada por funcionarios públicos y particulares, para garantizar su elección el 11 de marzo de 2018».
Según el alto tribunal, Merlano aprovechó «a plenitud y sin escrúpulos» los réditos por ser representante a la Cámara y por ser candidata al Senado con el apoyo del llamado Clan Gerlein, posición que le permitió «confabularse con reconocidos empresarios, políticos del más elevado nivel y con otros con influencia regional, para aprovechar los recursos públicos de orden municipal en su beneficio».
El alto tribunal también dijo que quedó demostrado que Aida Merlano sabía, conocía y permitía el porte ilegal de armas de fuego que se encontraron en el allanamiento a su sede de campaña Casa Blanca, en Barranquilla, en donde además quedó en evidencia cómo funcionaba su empresa ilegal de compra de votos.
¿Por qué le rebajan la pena?
Aunque la Corte asegura que está demostrada la responsabilidad de Merlano en todos los delitos que le fueron imputados, hizo una rebaja en total de 44 meses sobre la pena inicial de 180 meses que se profirió en su contra en primera instancia
Por ejemplo, en el delito de porte ilegal de armas, que era el más grave, la Corte le rebajó siete meses considerando que el riesgo de esas armas se redujo a la sede política.
En el delito de concierto para delinquir agravado le rebajó 21 meses, y en la corrupción al sufragante, otros 16 meses, porque el alto tribunal consideró que «no existen pruebas ni certeza de que la exrepresentante hubiera empleado el mismo sistema de corrupción en elecciones anteriores a la del 2018».
Aida Merlano no podía ser reemplazada
Soledad Tamayo, nueva senadora por el Partido Conservador y el presidente del Senado, Ernesto Macías, en la posesión como congresista de la república
“Los congresistas –como Aida Merlano, elegida y reconocida como tal por el Consejo Nacional Electoral–, en los términos del artículo 134 de la Constitución Política, ‘solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley’, y ‘en ningún caso’, cuando son condenados por delitos contra los mecanismos de participación democrática», aseguró la Corte Suprema de Justicia.
Así, dice la Corte, esta esta una sanción de orden constitucional que no necesitaba ningún desarrollo legal para poder ser aplicada, y que no puede someterse al régimen de faltas absolutas o temporales porque, si fuera así, la sanción que prevé la Constitución no podría aplicarse.
La Corte cuestionó que se haya permitido reemplazar a Merlano y llenar su curul, ya que consideró que era claro que no se podía reemplazar «a quien es constitucionalmente irremplazable» por haber sido capturada, además de que el partido ya se había beneficiado al sumar «al total de votos los que provienen del delito, afectando la cifra repartidora que permite ingresar al Congreso de la República a personas que de otra manera no accederían a esa dignidad, en perjuicio de quienes actuaron en el marco de la ley», afirma la corporación.
Dice la Corte que el mecanismo de «silla vacía» se diseñó para evitar beneficios para el partido político al cual pertenece el condenado, no se use para impedir que Merlano fuera reemplazada, «haciéndole esguinces a una institución destinada a impedir los graves efectos de la conducta juzgada en la conformación del Senado».
Por eso la Corte dice que a Merlano se la reemplazó en el Senado «sin ninguna justificación, pese a la expresa prohibición constitucional de hacerlo, porque estaba capturada por delitos contra la participación democrática».
Si quieres recibir en tu celular esta y otras informaciones descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/albertorodnews y dale click a +Unirme.